“CONSTRUCCIONES MECÁNICAS LLAMADA, SOCIEDAD LIMITADA”
GENERALIDADES:
Las presentes Condiciones Generales serán de aplicación a todos los pedidos aceptados por la vendedora y/o presupuestos u ofertas aceptados por el Cliente o Comprador y, se convertiran automáticamente en Contrato entre las partes, comenzando a regir desde el momento de la aceptación. Esto es, el hecho de aceptar un presupuesto y/o solicitar un pedido implica el conocimiento previo y la aceptación expresa y sin reservas del cliente a las presentes condiciones Generales de Venta y Garantía, que regirán en todos sus términos, salvo indicación en contra recogida de forma expresa bien en el pedido u oferta /presupuesto o bien en el contrato que sea posteriormente sea suscrito entre las partes, en cuyo caso regirán éstas de forma prioritaria Cualquier acuerdo verbal no será efectivo sin aceptación expresa confirmada y escrita por parte de CM Llamada SL. 

PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO:
El precio de la MAQUINA y la FORMA DE PAGO de la misma es la indicada en la OFERTA, o aceptación de pedido en su defecto. Sobre la maquinaria objeto de la oferta y/o pedido, existirá una reserva de dominio hasta el momento en que no se haga efectivo el pago total del equipo descrito en la oferta y / o pedido. LA VENDEDORA emitirá una factura por cada pago realizado por LA COMPRADORA y se la enviará a esta última.

PERIODO DE FABRICACIÓN, REVISIÓN Y ACEPTACION DE LA MAQUINA:
Fabricación: LA VENDEDORA fabricará la MAQUINA en el plazo indicado en la oferta siempre a contar desde el día del primer pago a cuenta de la MAQUINA. LA VENDEDORA podrá demorarse en la entrega de la MAQUINA si, por causas no imputables a ella, se retrasare el proceso de fabricación de la misma ó debido a peticiones del cliente de realización de trabajos complementarios al margen de los plazos inicialmente establecidos. Se entenderán, entre otras, como justas causas para el retraso en la entrega el retraso, por cualquier causa, en el pago del precio acordado con la COMPRADORA, el retraso en el suministro a la VENDEDORA de alguna o algunas de las piezas esenciales y/o relevantes de la MAQUINA por alguno de sus proveedores habituales y cualquier supuesto de huelga general y/o sectorial que limite o dificulte el transporte de la MAQUINA o de sus componentes o piezas, y mientras dure dicha situación. 
Revisión o pre-entrega de la MAQUINA: Una vez finalizada la fabricación de la MAQUINA, LA VENDEDORA comunicará por escrito a la COMPRADORA la fecha para que esta última envie a sus técnicos y operarios para que revisen el estado de la MAQUINA fabricada en las instalaciones de la COMPAÑÍA en Cardedeu (Barcelona, España). LA COMPRADORA deberá responderle por escrito a LA VENDEDORA indicándole, dentro de dicho periodo, en qué fecha se personará para dicha visita de comprobación. Ambas partes podrán acordar verbalmente dichas fechas.
En el acto de revisión de la MAQUINA en las instalaciones de la VENDEDORA, se pondrá en funcionamiento la MAQUINA para que pueda comprobarlo la COMPRADORA.

  • a) Si LA COMPRADORA acude a dicha visita de comprobación, se otorgará entre ambas el documento de Conformidad y Aceptación de Máquina y se fijará el plazo aproximado de entrega de la MAQUINA. Finalizada dicha visita LA COMPRADORA estará obligada a satisfacer a la VENDEDORA la parte del precio indicada en la OFERTA que corresponda al concepto “aceptación de la maquina”.
  • b) Si la COMPRADORA desistiere de su derecho de comprobación y/o visita, deberá comunicarlo por escrito a LA VENDEDORA y ello no será causa para retrasar el pago de la MAQUINA en los términos indicados en la OFERTA. La no contestación por la COMPRADORA en el plazo de 10 días a la notificación por la VENDEDORA significará que renuncia a su derecho de inspección y que solicita la entrega directa de la MAQUINA. En tal caso, comenzará el plazo para el pago de la parte del precio que corresponde a la entrega de la MAQUINA. Hasta que se haya realizado dicho pago, la VENDEDORA no está obligada a entregar la MAQUINA ni a empezar los trámites y gestiones para el transporte de la misma.

ENTREGA, COSTES Y RIESGOS DERIVADOS DEL TRANSPORTE DE LA MAQUINA:

  • a) Una vez comprobada la maquina o desistido de dicho derecho y cumplimentado los acuerdos de la forma de pago, LA VENDEDORA pondrá la maquinaria o materiales a disposición de la COMPRADORA.
  • b) Regla General: Las condiciones del transporte serán las estrictamente estipuladas en la oferta y/o pedido aceptado según la nomanclatura INCOTERM.
  • c) Seguro de transporte: La COMPRADORA se obliga a contratar un seguro que cubra el 110% del valor total de la MAQUINA y por todo tipo de riesgos derivados del transporte y recepción de la Maquina, cubriendo desde la salida de las instalaciones de CM LLAMADA hasta el destino final de la misma.

ACTA DE CONFORMIDAD Y PUESTA EN MARCHA.
Una vez esté la MAQUINA en el lugar indicado por la COMPRADORA, LA VENDEDORA enviará un técnico de su empresa quien cumplimentando las condiciones de entrega establecidas en la Oferta;tanto de duración como de costes; suscribirá el documento de Conformidad y Puesta en Marcha de Maquinaria para la aceptación y conformidad de esta puesta en marcha. En este acto se hará entrega de la documentación pertinente así como esta servirá de formación de técnicos y operarios. 

6. GARANTÍAS POST-VENTA DE LA VENDEDORA.
La COMPRADORA se reconoce como una compañía del sector de las cimentaciones y construcción, teniendo conocimiento del sector y disponiendo de la infraestructura adecuada así como del equipo humano y técnico suficiente para poder usar correctamente la MAQUINA que ha encargado a LA VENDEDORA.
6.1 Riesgos incluidos: La VENDEDORA garantiza a la COMPRADORA:

  • a) Durante el plazo de 6 meses a contar desde el documento de Conformidad y Aceptación de Máquina o salida de máquina de instalaciones de CM LLAMADA, el uso, mantenimiento, piezas y mano de obra en relación con las partes de la MAQUINA fabricadas por un tercero (tales como bombas, válvulas, el motor hidráulico, el motor térmico, y similares, de las que responderá la garantía del propio fabricante de dichas piezas).
  • b) Durante el plazo de 1 año a contar desde el documento de Conformidad y Aceptación de Máquina o salida de máquina de instalaciones de CM LLAMADA, el uso, mantenimiento, materiales, piezas y mano de obra para su sustitución, en relación con el resto de la MAQUINA.

6.2 Riesgos excluidos: La presente garantía no incluye:

  • a)Cualquier sustitución de componentes perecederos y/ o la sustitución de componentes sometidos a desgaste.
  • b)Reglajes, limpiezas u otros trabajos periódicos de adecuación de la máquina.
  • c) Cualquier gasto de envío o transporte de la máquina o de piezas de reparación y/o sustitución.
  • d) Cualquier coste de desplazamiento y/o alojamiento y/o manutención de los operarios de LA VENDEDORA.
  • e) Cualquier desperfecto ocasionado en la MAQUINA por Fuerza mayor y/o por un mal uso de la misma por la COMPRADORA o sus operarios.
  • f) Cualquier desperfecto que sea culpa o negligencia de un tercero, o derivada del uso de la MAQUINA por un tercero ajeno a LA COMPRADORA.
  • g) Cualquier desperfecto o avería en la MAQUINA, incluso dentro de los periodos de garantía indicados en el apartado 6.1., si la MAQUINA hubiere sido usada por LA COMPRADORA durante mas de 1750 horas en el plazo de un año o de 875 horas en el plazo de seis meses.
  • h) Cualquier lucro cesante, intereses de demora u otros daños o perjuicios que pudiere reclamar LA COMPRADORA y/o terceros en relación con el uso de la MAQUINA; o derivado de compromisos asumidos por LA COMPRADORA con terceros o como consecuencia de un paro de la MAQUINA.

6.3 Procedimiento: LA COMPRADORA informará por escrito a la VENDEDORA y a la mayor brevedad posible de cualquier incidencia, grave y/o reiterada, que tuviere la MAQUINA dentro de los periodos de garantía indicados en el apartado 6.1.. En dicha comunicación describirá brevemente los motivos o causas por las que la MAQUINA no funciona correctamente. LA COMPRADORA se abstendrá de manipular la MAQUINA sin seguir las instrucciones de la VENDEDORA.LA VENDEDORA intentará reparar los desperfectos mediante comunicación con los técnicos y/o operarios de la COMPRADORA, si fuere posible, y en su defecto se compromete a desplazar un operario/técnico para repararla en el domicilio de la VENDEDORA. 

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

De la Compradora: La COMPRADORA asume las siguientes obligaciones:

  • a) Utilizar la MAQUINA para el uso por el cual ha sido adquirido.
  • b) No manipular la MAQUINA sin la intervención de los técnicos y profesionales adecuados.
  • c) Permitir la utilización de la MAQUINA únicamente a los operarios formados por la VENDEDORA o a otros empleados de la COMPRADORA siempre que estos últimos hayan superado un curso de formación, aprendizaje y conocimiento de la MAQUINA.
  • d) Informar a la VENDEDORA de cualquier incidencia grave que pudiere sufrir la MAQUINA durante el periodo de garantía indicado en la clausula SEXTA.
  • e) Realizar las revisiones técnicas y periódicas fielmente como se indican en los manuales de usos, conducción y de mantenimiento suministrados juntamente con el equipo. Así como una revisión técnica efectuado por el servicio técnico de CM Llamada para el mantenimiento de la MAQUINA cuando concurra el primero de los siguientes supuestos: (i) 500 horas de funcionamiento; (ii) o el transcurso de seis meses desde el ACTA de Puesta en Marcha. En caso de incumplimiento, quedará sin efecto la garantía indicada en el pacto anterior.

De la Vendedora: La VENDEDORA asume las siguientes obligaciones:

  • a) Fabricar la MAQUINA y entregarla a la COMPRADORA en la forma y plazo previstos en este contrato.
  • b) Hacer el acta de Conformidad y Puesta en marcha de Maquinaria en las instalaciones de la VENDEDORA y con los operarios que envíe la COMPRADORA.
  • c) Hacer el acta de puesta en marcha y la formación a los operarios de LA COMPRADORA, en el lugar y fecha que esta indique.
  • d) Asumir cualquier tipo de reparación de la MAQUINA en los términos y condiciones indicados en la clausula SEXTA.

Dadas las condiciones de carácter INTUITU-PERSONAE de este contrato y condicionado general, en el caso que antes del fin del periodo de GARANTÍA la COMPRADORA vendiere, arrendase o subarrendase a un tercero la MAQUINA sin la previa autorización de CM LLAMADA, el plazo de garantía se entenderá que ha expirado, al no haber podido comprobar la VENDEDORA la capacidad técnica del nuevo usuario de la MAQUINA. 

PROPIEDAD INTELECTUAL:

La propiedad intelectual y/o industrial de la oferta en todos sus términos y la información adjunta a la misma, así como la de los equipos objeto del suministro y la de los elementos, planos, dibujos, “software” etc,., incorporados o relativos al mismo, pertenece a CM LLAMADA, por lo que queda expresamente prohibida su utilización por la COMPRADORA para otros fines que no sean la cumplimentación del pedido, así como su copia total o parcial o cesión de uso a favor de terceros sin el previo consentimiento por escrito de CM LLAMADA. 

EXTINCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO:
El presente acuerdo contractual podrá extinguirse por:
1.- El cumplimiento íntegro del mismo.
2.- El mutuo acuerdo entre ambas partes.
3.- Por su resolución anticipada en base al incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato. En concreto, ambas partes convienen que constituyen justas causas para resolver el contrato, y a las que ambas partes otorgan el carácter de causas de resolución expresa del presente contrato, las siguientes:

  • a) La declaración de concurso o intervención judicial de cualquiera de las partes contratantes así como también su disolución o liquidación extrajudicial.
  • b) El impago, total o parcial, del precio acordado en la OFERTA. No obstante, la VENDEDORA podrá optar entre resolver o exigir a la COMPRADORA el total pago del precio mas, en su caso, los intereses que se devengaren.


JURISDICCIÓN:

El presente contrato y cualquier disputa que pueda surgir del mismo queda sujeto a las estipulaciones contenidas en el mismo, y, en lo en el no previsto, por las disposiciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 de abril de 1.980, en las leyes de España, del Código de comercio, leyes especiales, y los usos y costumbres mercantiles y, en su defecto, por lo establecido en el Código Civil español.

IDIOMA:

El presente contrato se ha redactado en inglés y español, pero en caso de discrepancia entre ambas versiones prevalecerá la versión española.